México.
Este 15 de enero entran en vigor las nuevas modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco en México, donde destaca la prohibición de todo tipo de publicidad en medios de comunicación, redes sociales y puntos de venta, independientemente de su segmento de mercado.
Si son fumadores de tabaco esto les va a interesar:
Este 15 de enero entran en vigor las nuevas y robustas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco🚬
¿Qué significa esto? Aquí te comparto los 4 cambios más importantes.
Abro hilo 🧵(1/6) pic.twitter.com/xdQjLeh58A
— Eduardo Carrera (@eduardo_carrera) January 12, 2023
A través de sus redes sociales, el abogado Eduardo Carrera mencionó que otro punto importante es que la comercialización en los puntos de venta será por lista. En otras palabras, te mostrarán por escrito los productos con sus respectivos precios, y el listado no podrá contener logotipos, marcas o sellos.
Además, el reglamento establece nuevas regulaciones para las zonas de fumadores en establecimientos.
El abogado explica que en las zonas exclusivamente para fumar “quedará prohibido brindar la prestación de servicios o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, así como cualquier actividad social o de esparcimiento”.
Por otra parte, se ampliarán los espacios 100 por ciento libres de humo, como tu lugar de trabajo y los espacios de “concurrencia colectiva”, es decir, plazas, parques, playas, estadios, escuelas en todos sus niveles educativos, e incluso, en paradas de transporte público.
Dichas reformas y modificaciones reglamentarias fueron realizadas con el objetivo de que México cumpla con el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco.
Así mismo, la Secretaría de Salud afirmó que con estas modificaciones se evitarán más de 49 mil muertes prematuras y 292 mil nuevos casos de enfermedades asociadas al consumo de tabaco.
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