La solicitud de los mecanismos de participación social se podrá hacer vía electrónica y los propios promoventes serán los que determinen el plazo, en el que pueden reunir los requisitos que marca la ley para que se organice el ejercicio ciudadano, según el reglamento aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral y Participación Ciudadana (IEPC).
El presidente del IEPC, Guillermo Alcaraz Cross detalló que este reglamento se aplicará para 10 figuras, entre éstas plebiscito, referéndum, la ratificación constitucional, presupuesto participativo, consulta popular, la iniciativa popular y la revocación de mandato.
Alcaraz Cross indicó que una vez que el ciudadano haya hecho la solicitud formal, empezará el proceso de reunir los requisitos de ley, entre éstos el porcentaje de firmas de la lista nominal que se establece para cada figura de Participación Ciudadana.
En caso de que el IEPC encuentre inconsistencias en la documentación presentada por el promovente y éste no pueda subsanarlas en cinco días, se concederá una prórroga de cinco días más.
Después el Instituto Nacional Electoral (INE) será el que valide las firmas de los apoyos presentados y el Congreso del Estado recibirá la solicitud para su análisis y su probable aprobación.
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