Guadalajara, Jalisco.
La Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género del Congreso aprobó el dictamen para realizar modificaciones a la Ley del Registro Civil del Estado y con ello reconocer la identidad de género en menores de 18 años de edad, quienes pueden realizar modificaciones a su acta de nacimiento.
La votación del dictamen fue de tres votos a favor de la presidenta de la Comisión, Candelaria Ochoa, la legisladora de Morena, Itzul Barrera y Montserrat Pérez Cisneros, diputada de MC. En contra votaron las emecistas Adriana Medina y Celenia Contreras.
La diputada de Morena, Candelaria Ochoa, explicó que con la reforma aprobada en la Comisión se da cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien le solicitó al Congreso realizar la reforma respectiva a la Ley del Registro Civil.
El dictamen aún debe aprobarse por el pleno del Congreso.
“La obligación de cumplir con las decisiones judiciales no es opcional y tiene un impacto directo sobre la estabilidad y el funcionamiento de las instituciones jurídicas de México. Con esto y con la propuesta que hace la diputada (Montserrat Pérez) damos cumplimiento al mandato de la Suprema Corte”, explicó.
El dictamen tuvo una modificación, a propuesta de la legisladora de MC, Montserrat Pérez Cisneros, quien dijo que “en aras de lograr un consenso que garantice la protección de todas las infancias y siguiendo los puntos que estableció la SCJN”, se propone que las personas menores de 18 años de edad que quieran hacer un cambio en el acta de nacimiento, deben presentar un escrito con el aval del padre, lo madre o el tutor.
Si alguno de los padres o el tutor no está de acuerdo -solo en esos casos- la Procuraduría de Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes podrá representar al menor, instancia que podrá pedir el consentimiento para la identidad de género y deberá realizarse una valoración psicológica que lo respalde, dijo la legisladora.
“El artículo 23 bis (de la Ley del Registro Civil) habla de que aquellas personas que tengan menos de 18 años de edad cumplidos, al momento de iniciar el trámite, además de los requisitos establecidos en el reglamento de esta Ley, deberá presentar un escrito firmado por quien ejerza la patria potestad o por el tutor.
A mi me gustaría hacer una modificación para que sea un escrito firmado por el padre, madre, o por quien ejerza la patria potestad o por el tutor, para no permitir que haya un tema de solicitarles que vengan padre y madre, que sea padre o madre o quien ejerza la patria potestad”, indicó.
- Esta modificación presentada por la diputada de MC, Montserrat Pérez, tuvo el respaldo de las legisladoras de Morena, Candelaria Ochoa e Itzul Barrera y la abstención de las emecistas Adriana Medina y Celenia Contreras.
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