Comité Salvabosque denuncia al ayuntamiento zapopano por ampliación de la avenida Ángel Leaño




Zapopan, Jalisco

El Comité Salvabosque presentó una denuncia ante la Procuraduría de Desarrollo Urbano (Prodeur) en contra de la ejecución del proyecto de ampliación de la avenida Prolongación Ángel Leaño que el gobierno de Zapopan, junto con las empresas inmobiliarias “GIG” y “Tierra y Armonía”,  ha iniciado desde hace un mes.

Aseguran que tal acción violenta distintas leyes y reglamentos para defender a toda costa esta obra que beneficia a dichas inmobiliarias, las cuales además llevan años devastando el bosque El Nixticuil con la construcción del megaproyecto inmobiliario Mirasierra, que está construyendo cotos como como “Sendas”, “Altavista” y “Capital Norte”.

La obra, dicen, va en contra del artículo 37 del Reglamento del Ordenamiento Territorial del municipio de Zapopan, el cual indica que debe decretarse una zona de amortiguamiento para cualquier obra que pretenda realizarse en zonas silvestres o protegidas.

También el Ayuntamiento de Zapopan está violentando el Código Urbano del Estado de Jalisco, en tanto se ha reconocido públicamente que la obra está financiada por las  constructoras “GIG” y “Tierra y Armonía”,  con recursos que se tomarían a cuenta en lugar de las áreas de cesión a las que están obligadas estas empresas a proporcionar al municipio de Zapopan en razón de la construcción del proyecto inmobiliario “Sendas Residencial”, por lo tanto se está violando el artículo 177 fracción VIII que establece:

La denuncia interpuesta hoy ante Prodeur es para exigir que esta dependencia intervenga de acuerdo con sus atribuciones para: 1) Ordenar la suspensión de la obra, 2) ordenar la modificación del proyecto de la obra de tal modo que se realice solo su rehabilitación con empedrado y se mantengan únicamente los dos carriles con los que cuenta la avenida actualmente, 3) promover un juicio de lesividad ante el Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco por las transgresiones a la legislación y los instrumentos de política ambiental y urbana a nivel municipal y estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 157 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.