No habrá recuento de votos: Resuelve la sala Guadalajara del Tribunal Federal Electoral
Captura de pantalla




Guadalajara, Jalisco.

Quedó sin efecto la resolución del tribunal electoral del Estado de Jalisco con respecto a los recursos 180 y acumulados, pero en concreto con la petición que hizo en su momento la candidata Verónica Delgadillo, que a pesar de haber recibido la constancia de mayoría para la presidencia de Guadalajara,

por medio de sus abogados y de su partido de Movimiento Ciudadano, pidió el recuento.

  • Ahora tendrán que resolver el fondo del caso, si es anulada o no la elección.

El pasado 27 de junio el Tribunal Electoral del Estado resolvió al respecto en sentido afirmativo y ordenó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana ejecutara el recuento parcial del 40 por ciento de las boletas que previamente no habían sido recontadas.

Adelantó entonces el candidato de la coalición Juntos Sigamos Haciendo por Guadalajara, José María “Chema” Martínez Martínez  anticipó que interpondría un recurso para anular tal resolución.

Tres días después, la sala Federal, considerando el caso como urgente resolvió.

El encargado de elaborar el proyecto de sentencia fue el magistrado Omar Delgado Chávez y éste es parte del mismo. Escuchemos a la Secretaria Relatora de Paola Selene Padilla Mancilla:

"Magistrada magistrados doy la cuenta con el proyecto de sentencia relativo al juicio de la ciudadanía, 488 de este año promovido por José María Martínez Martínez

por derecho propio a fin de impugnar del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco la resolución de 27 de junio pasado dictada en el incidente de escrutinio y cómputo sustanciado en el expediente local gin 180 y

su acumulado el magistrado ponente estima que se debe revocar la resolución del tribunal local,

así como todos los actos derivados en ejecución a esta de acuerdo a los efectos que se precisan en la consulta ello pues la responsable indebidamente funda y motiva a la procedencia de la solicitud de recuento contenida en la demanda incidental presentada en el expediente de Juicio de Inconformidad 181/2024 de esta anualidad por Movimiento Ciudadano

así como la relativa a la cuestión incidental que sustentó en salvaguardar el principio de certeza al ser indispensable

que los supuestos de para la procedencia del cómputo de las casillas se de manera fehaciente en alguno de los supuestos previstos en el Código Electoral y la línea jurisprudencial de este Tribunal Electoral aplicable al caso sometido a conocimiento, lo que no sucedió en la especie”. 

  • Se dijo de igual manera que el resto de los agravios quedan improcedentes y los magistrados de la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación votaron de manera unánime.

Esto comentó la abogada Paola Selene Padilla:

“De igual modo se proponen ineficaces el resto de los agravios ya que esto se vincula a los estudios de fondos sobre la cuestión controvertida sometida a la competencia del tribunal local es la cuenta. Gracias secretaria está nuestra consideración del proyecto de resolución magistrada magistrado alguna intervención no recabamos la votación, por favor secretaria con su autorización Sergio Arturo Guerrero Olvera a favor Gracias por unanimidad en consecuencia esta Sala resuelve en el juicio de la ciudadanía, 488 de este año único se revoca la resolución controvertida conforme a los efectos precisados en el fallo".

La resolución fue votada por los tres magistrados federales Gabriela del Valle Pérez, Omar Delgado Chávez y Sergio Arturo Guerrero Olvera a favor, sin ningún voto en contra, y el fallo del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco fue revocado. 

Ahora los tribunales tendrán que resolver el caso de fondo, tal y como lo pedía el candidato de Morena y aliados, respecto a si hay elementos para anular o no la elección.