Acompañamiento legal puede evitar errores procesales en solicitudes migratorias
Fotografía: KATRIN BOLOVTSOVA: https://www.pexels.com/es-es/foto/de-madera-pista-juzgados-juzgado-6077326/




Austin, Texas. 

Ante los planes migratorios de la administración electa, expertos aconsejan tramitar las solicitudes legales y los procesos en curso con abogados especializados. Advierten que aunque muchas personas pueden diligenciar formularios, no todos pueden ni asumir la responsabilidad legal ni acompañar al solicitante en el proceso

“Una persona con licencia para ejercer la abogacía en cualquier estado, posesión, territorio o mancomunidad de Estados Unidos o del Distrito de Columbia, que se encuentre en regla y sin suspensión, inhabilidad o restricción

Es la única autorizada por el gobierno para dar una representación legal en cualquier proceso migratorio; así lo destaca la oficina de ciudadanía e inmigración, USCIS. Y aunque no es requisito contar con un abogado, expertos destacan las ventajas:

  • Wilfredo Allen, abogado de inmigración. 

“Lo bueno de un abogado, el abogado es responsable por lo que prepara.

El abogado es responsable y es la única persona que puede hablar con la gente de USCIS, es la única persona que puede ir a una entrevista contigo”.

Por lo que ante cualquier error de diligenciamiento, el abogado puede avanzar en los procesos correspondientes sin impactar negativamente al migrante y su solicitud.

El ofrecimiento de ayuda gratuita, o de bajo costo, para gestionar documentos y el conocimiento de cómo llenar los formularios, no es garantía de que la persona sea un profesional en derecho o que tenga las credenciales necesarias ante el departamento de justicia de Estados Unidos.

  • Andreína Díaz, abogada de inmigración

“Solamente porque alguien dice que trabaja en inmigración, eso no significa que son abogados.

Preguntar en dónde fueron a la escuela de leyes, cuándo se graduaron, cuánto tiempo tienen con inmigración y trabajando con eso”.

Y añade que paralegales o notarios, no tienen jurisdicción de representación de los solicitantes. 

“Pueden trabajar con la ley pero ellos no fueron a la escuela de leyes por 3 años, no tomaron el examen para poder decir que ellos saben la ley correctamente[…]

le dicen que no vayan a la corte y pierden la corte y están en una situación mucho más complicada solo porque no estaban seguros de que la persona que estaba tomando su caso en verdad podía tomar ese caso”

Según la ley de inmigración y nacionalidad, no presentarse a una audiencia en corte, puede causar el cierre del caso o que se ordene la “deportación en ausencia” si el Servicio establece, mediante pruebas claras, inequívocas y convincentes que se proporcionó la notificación escrita y que el extranjero es deportable.