Guadalajara, Jalisco.
En forma unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió declarar la nulidad de un impuesto de 141 pesos el equivalente a cinco dólares, a extranjeros que ingresaban a Puerto Vallarta, en cruceros.
La ponencia correspondió al ministro Giovanni Azarel Figueroa Mejía, quien consideró que el cobro por concepto de uso de aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos municipales
“es imprecisa y genera incetidumbre a las personas a las que se dirige”.
El cobro estaba vigente en la Ley de Ingresos 2025 del Ayuntamiento de Puerto Vallarta y fue una iniciativa que propuso el alcalde Luis Munguía González, desde noviembre de 2024.
El gravamen fue aprobado por el Congreso de Jalisco y comenzó a cobrarse desde julio de 2025. La diputada del PVEM, Yussara Canales González, representante del distrito V, con sede en Puerto Vallarta, se opuso en su momento a ese cobro, al considerar que se violaba el derecho al libre tránsito.
- La acción de inconstitucionalidad la presentó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y este día se presentó a votación en la sesión del pleno de la SCJN.
El alcalde de Puerto Vallarta argumentó que el dinero recaudado se iba a invertir en el desarrollo de la infraestructura turística local.
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