Guadalajara, Jalisco.
El derecho familiar ya cambió. La Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Ana Margarita Ríos Farjat, explicó varios casos de sentencias que reconocen la doble jornada laboral de mujeres quienes ejercen su profesión y además, hacen trabajo en casa.
Uno de ellos fue desde octubre de 2015, cuando la Corte resolvió el siguiente caso: una enfermera jubilada demanda la pensión a su ex esposo. En las primeras instancias le daban la razón a él.
“Había una invisibilización del trabajo doméstico y fue justamente lo que resolvió esta sentencia en octubre de 2015 por parte de la primera sala, sí la señora había sido pensionada como enfermera, pero se encargaba también del hogar”.
“La decisión fue que sí procedía la compensación a la señora, pero es quizá la primera vez en que la Corte dice con toda claridad que el trabajo doméstico es también un trabajo monetizable y que si fuera remunerado equivaldría lo mismo que ella también obtuvo como cuando era enfermera. Por eso dice, es una doble jornada”.
En ese caso, la Corte hizo un ejercicio para dimensionar qué es el trabajo doméstico y qué significa dedicarse el hogar.
Visibilizó que, por ejemplo, ella no tenía el mismo tiempo que el marido. Que ella hacía una inversión de su tiempo libre de manera inequitativa.
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