Revocan sanción a Presidente de Poncitlán por presunta violencia política de género
Foto: Gobierno de Poncitlán




Ocotlán, Jalisco

Este 28 de enero el pleno de la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco para sancionar por violencia política de género al Presidente Municipal de Poncitlán, Luis Miguel Núñez López, y al Secretario General, Javier Zamora Reyes.

El 23 de diciembre de 2020 el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco dictaminó que los acusados habían cometido actos de violencia política de género contra la regidora Verónica Lomelí, por lo que ordenó a los infractores a cumplir con las medidas de reparación integral y de no repetición precisadas en dicha sentencia; no obstante los acusados impugnaron la resolución ante el TEPJF, cuyo pleno consideró que se omitieron los elementos que fueron causa de la violencia política de género, por lo que revocó la decisión del tribunal local.

En un comunicado de prensa, el TEPJF explica que “de las expresiones de hechos denunciadas ante la autoridad electoral, no se advierten actos u omisiones que hubiesen limitado el desempeño de la funcionaria pública, o que tuvieran la existencia de elementos discriminatorios que pudieran encuadrarse en algún estereotipo de género o actitudes discriminatorias sobre el rol de las mujeres en puestos políticos”.

Informó que aún cuando se acreditó que los actos y omisiones pudieron haber afectado el sano debate político, que suele darse en el marco de las discusiones en las sesiones del Cabildo, ello no implica necesariamente trastocar la igualdad sustantiva de género. Ante esta decisión, el instituto llamó a examinar de nueva cuenta los hechos denunciados a la luz de lo que determinaron.

El 24 de noviembre la regidora Lilia Verónica Lomelí Rodríguez, Regidora en el Ayuntamiento de Poncitlán, Jalisco, presentó ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC), una denuncia por la comisión de actos de violencia política en razón de género, el Instituto consideró procedente  la adopción de las medidas cautelares solicitadas por la denunciante, alegando que las expresiones utilizadas tanto por el Presidente y Secretario del Ayuntamiento pueden configurar actos que menoscaban el ejercicio del cargo como regidora.