Guadalajara, Jalisco.
En el desahogo de un recurso de queja, el magistrado Celso Rodríguez González obtuvo una suspensión de provisional de acto reclamado y ahora no podrán removerlo de su espacio los diputados.
La resolución de este recurso fue remitida por el Tribunal Colegiado en materia Administrativa y del Trabajo del Tercer Circuito con relación al toca 356/2017.
No se podrá separar al Magistrado del ejercicio de sus funciones y/o en caso de que hubiere sido separado de su cargo, sea restituido de forma inmediata, ello, con las obligaciones y emolumentos inherentes al mencionado cargo.
Todo tiene que ver con el juicio de amparo 2576/2017 tramitado en forma inicial ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo.
El Magistrado en su carácter de quejosa reclamó la omisión del Pleno del Congreso del Estado a manifestarse en relación a la ratificación en el cargo de dicho Magistrado y otros argumentos.
En los términos de lo previsto por el artículo 136 de la ley de amparo, la suspensión surte efectos desde el momento en que ha sido dictada y genera que al Congreso del Estado de Jalisco a respetar dicha medida con sus mencionados efectos.
El Poder Legislativo está obligado a esperar que se resuelva el tema de fondo para poder designar a otro magistrado en su lugar o de plano dejar sin efecto cualquier nombramiento.