Guadalajara, Jalisco.
Si usted es de las personas que hacen fiestas ruidosas en su casa, gusta de aumentar el volumen del estéreo de su automóvil hasta hacer retumbar los vidrios o de plano tiene un negocio que genere ruido; a partir del siguiente año podrá ser multado por montos de hasta 40 mil pesos o arrestos administrativos, por exceder el volumen permitido de sus aparatos acústicos.
Este miércoles, el pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas a las leyes de Equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente y a la Ley de Movilidad para agregar nuevos criterios de penalización en contra de las personas “ruidosas”.
El artículo 146 señala que si la sanción es por generación de ruido excesivo la multa no podrá exceder, en ningún caso, de quinientas unidades de medida y actualización, que para este 2018 tiene un costo de 80.60 pesos cada una.
Así se multará a los ruidosos
A continuación, hacemos un desglose de las sanciones aprobadas, que serán vigentes después de que el gobernador publique el decreto en el Diario Oficial de Jalisco, y que los Ayuntamientos adecúen sus normas en un periodo no mayor a los 180 días hábiles.
Se acabaron las fiestas ruidosas en casas.- El artículo 102 de la ley señala que cuando la infracción se cometa en casa habitación o propiedad privada sin giro comercial, “la autoridad municipal deberá acudir al domicilio y entregará apercibimiento que de no cesar el ruido en un plazo de 30 minutos podrá imponerse arresto administrativo hasta por 36 horas o citarlo para que acuda en día y hora específica con un juez calificador para que determine la naturaleza y monto de la sanción correspondiente”. El Ayuntamiento podrá cargar la multa a la cuenta predial.
Los restaurantes perderán licencias si reinciden. – Todos los negocios serán sujetos de revisiones, previa denuncia, para verificar que el sonido sea el adecuado. El artículo 146 de la ley que se reformó menciona que un infractor reincidente en dos ocasiones durante un año, podrá ver clausurado su negocio de manera definitiva. Además de que los Ayuntamientos deberán de revocar la licencia municipal.
También los automóviles “ruidosos” serán sancionados. – La reforma aprobada por los diputados también considera castigar a los vehículos que utilicen equipos de sonido para producir ruido excesivo. El artículo reformado fue el 176 de la Ley de Movilidad.
Habrá zonas especiales y monitoreo tecnológico. – La reforma considera que las personas podrán automonitorearse con aplicaciones móviles, para verificar el nivel de ruido que generan sus aparatos electrónicos. Además, habla de zonas de tolerancia donde se podrá ejercer comercio con niveles más altos permitidos. Serán los ayuntamientos quienes determinarán estos puntos.
Lo que dice la norma oficial y los reglamentos municipales
Todas las nuevas disposiciones se sujetan a una norma técnica federal (NOM-081-ECOL-1994) que establece la cantidad de decibeles que puede emitir un aparato para no ser considerado peligroso para la salud humana.
Esta norma sirve como base de las reformas aprobadas este miércoles. Y menciona la manera en que se deben medir los generadores de sonido. Sin embargo, son los reglamentos municipales los que establecen los límites de sonido que se habrán de tolerar.
En el caso de Guadalajara, por ejemplo, el reglamento de policía y buen gobierno establece lo siguiente en su artículo 12 que es motivo de sanción con penas de tres a seis UMAS (240 a 480 pesos para el 2018) o 36 horas de arresto administrativo, el hecho de “causar ruidos o sonidos que afecten la tranquilidad de la ciudadanía”.