Antes de la habitabilidad, el TJA debió acreditar 62 condicionantes a la Villa Panamericana
Fotografía: EFE/Ulises Ruiz Basurto.




Guadalajara, Jalisco.

Es necesario verificar si el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) acató un acuerdo de 2019 suscrito entre los colonos de Rancho Contento y agrupaciones sociales con los dueños de la Villa Panamericana, ante el Instituto de Justicia Alternativa (IJA), en el que se exigía cumplir 62 condicionantes ambientales y de construcción de obras complementarias, antes de otorgar el certificado de habitabilidad a los 650 departamentos.

Así lo afirmó Salvador Cosío Gaona, presidente de Conciencia Cívica, agrupación que firmó ese convenio ante el IJA hace dos años.

El abogado aseveró que si el TJA no verificó que los desarrolladores de la Villa Panamericana cumplieron con el acuerdo, entonces el fallo del magistrado Laurentino López Villaseñor “es ilegal”. 

“Se llegó a un convenio muy claro, muy transparente que se difundió ampliamente, en el sentido de que tenían que cumplirse alrededor de 62 condicionantes que establece tanto el plan parcial de desarrollo vigente en ese fecha y ahora, que es el de 2013”, explicó.

Entre las 62 condicionantes que se exigían al desarrollo, hoy conocido como Avaterra, está el garantizar el abasto y saneamiento del agua, no edificar en zonas distintas a las marcadas, incrementar la superficie del terreno para bajar la densidad de la Villa Panamericana, además de otras obras a cargo del desarrollador.

Cosío Gaona explicó que tras ese convenio de 2019, las agrupaciones y los colonos de Rancho Contento quedaron fuera del litigio, por lo que hoy desconocen si esas condicionantes se cumplieron, o no.

Pese a ello, Salvador Cosío Gaona aseguró que aún hay una vía legal para que el Ayuntamiento de Zapopan se defienda para no hacer válido el certificado de habitabilidad a los 650 departamentos, que es recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero aclaró que antes de eso debe revisarse el fallo del TJA y saber si se cumplieron, o no, las 62 condicionantes ambientales y la realización de obras complementarias.

“Hasta donde sé, sólo queda una opción, que es un recurso ante la Suprema Corte. Pero insisto: antes de establecer si es factible, adecuado o no recurrir a él, debe consultarse al magistrado que otorgó el fallo que conocemos, ver si se dio por cumplimentadas esas condicionantes que quedaron muy claras de una obligación de cumplimiento previo a otorgar esta habitabilidad”, indicó.

El acuerdo ante el IJA lo firmaron el Parlamento de Colonias, vecinos de Rancho Contento, Conciencia Cívica Jalisciense, la Fundación Cuenca Lerma-Chapala-Santiago, la inmobiliaria Cornejo-Barragán y las autoridades demandas eran la Procuraduría de Desarrollo Urbano (Prodeur) y el Instituto de Pensiones de Jalisco (Ipejal).


Ignacio Pérez Vega