SSJ amonestó a Ayuntamiento de Jamay por realizar Grito con presencia de pobladores
Foto: Gobierno de Jamay




Ocotlán, Jalisco

Por realizar eventos para conmemorar el Día de la Independencia de México, la Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) emitió un acuerdo para amonestar a los municipios de Jamay y San Juanito de Escobedo, debido a que no atendieron las medidas sanitarias vigentes por la pandemia de COVID-19, poniendo en riesgo la salud de la población, así lo señaló un boletín de la dependencia. 

Este medio informó que el día 15 de septiembre al Grito de Independencia en Jamay, acudieron a la plaza principal alrededor de 500 personas y aunque Protección Civil estaba entregando cubrebocas, el Gobierno del Estado había solicitado que se evitaran las congregaciones multitudinarias. Esto según las restricciones ordenadas en el Acuerdo DIELAG ACU 047/2020 y los posteriores, que modifican su vigencia para celebrar eventos públicos.

En el acuerdo signado por el Secretario de Salud del Estado de Jalisco, Fernando Petersen Aranguren, se señala lo siguiente:

“Se llevó a cabo la celebración presencial del Grito de Independencia configurándose con ello el incumplimiento a las medidas de seguridad sanitaria establecidas en los diversos acuerdos, normas y protocolos sanitarios vigentes en la entidad, que tienen como objeto la observancia de medidas de salubridad para prevenir, atender y contener la propagación de la enfermedad causada por COVID-19”.

Debido a la pandemia por COVID-19, actualmente está prohibido el uso de espacios públicos como plazas y jardines municipales, centros culturales, barriales o comunitarios y demás análogos, así como la realización de eventos, reuniones o congregaciones de más de 50 personas, ya sean de carácter público, privado o social.

El acuerdo de la SSJ además apercibe a los presidentes municipales de ambas demarcaciones, Juan Luis Aguilar García, de Jamay y María Guadalupe Durán Nuño, de San Juanito de Escobedo, para acatar de inmediato dichas disposiciones y todas las relacionadas previstas por la Ley Estatal de Salud, pues de no hacerlo, se harán acreedores a una multa y, en su caso, a una sanción que podría implicar el arresto administrativo.

Por Redacción