La Suprema Corte mexicana debate el miércoles un proyecto que declara inconstitucional puntos del código penal federal sobre el aborto, lo que abriría un resquicio para su paulatina despenalización en todo el país.

Actualmente sólo está autorizado en Ciudad de México antes de 12 semanas de gestación.

La primera sala del máximo tribunal discutirá el recurso de amparo de Margarita Pino, que en 2013, con 41 años y ante un embarazo que amenazaba su salud, solicitó se le practicara un aborto en una clínica del Instituto de Seguridad de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), pero le fue negado y tuvo que acudir a una clínica privada.

El proyecto a votar, elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, propone principalmente que a las causales de aborto en el código penal federal se añada el riesgo a la salud de la mujer y que se contemplen sanciones diferenciadas al momento de ser perseguido.

"En el caso de Margarita hubo violaciones a sus derechos humanos, a su derecho a la salud, a la atención médica, a la no discriminación, a la libre personalidad", comentó a la AFP el abogado Alex Alí Méndez, abogado de Pino.

En recurso se reclama que el ISSSTE reembolse a Pino el costo del aborto que tuvo que practicarse en una clínica privada de Ciudad de México, donde tras una reforma al código penal local de 2007 el aborto no es sancionado antes de las 12 semanas de embarazo.

Méndez explicó que el proyecto sólo atañe al caso de Pino pero si es aprobado sin modificaciones, se abriría un "resquicio" para que en los estados se modifiquen los códigos penales para ampliar las causales y diferenciar las sanciones.

"El proyecto no indica un determinado número de semanas para (que legisladores) despenalicen el aborto, pero señala que la protección del producto de la concepción debe ser gradual, habla de una norma que penalice de distinta forma si el aborto es a las cuatro, a las quince o a las 30 semanas de gestación", añadió el abogado.

Las clínicas privadas y servicios de salud de la capital realizan abortos, lo que no ocurre en instituciones federales que atienden al grueso de la población, como el ISSSTE y que se rigen por el código federal.

En 2008, el pleno de la Suprema Corte por ocho votos contra tres declaró constitucional la reforma en la capital que había sido impugnada por la fiscalía general.

En contraste, en otros estados han endurecido las sanciones con casos de mujeres encarceladas por abortar.