Regidores de oposición meterán denuncia por negligencia en juicio
Archivo.




Ocotlán, Jalisco. 

El Ayuntamiento de Ocotlán anuló el pago adeudado de indemnización por el fallecimiento del comandante de Seguridad Pública, Felipe Saavedra de la Cruz, hecho que sucedió en el 2010 y que hasta la actual administración se buscó realizar el pago por medio de una propiedad del municipio, sin embargo las autoridades dieron un paso atrás con la intención de ceder un inmueble del gobierno local que ahora será por medio de recurso monetario.

Lo anterior debido a que el tesorero municipal, Jesús Martínez Navarro, informó al síndico, Carlos Álvarez Ramírez, a través de un oficio, que se contaba con el recurso para pagar en efectivo la deuda que supera los dos millones de pesos. Mismo que fue aprobado por 10 de los catorce regidores que conforman el pleno del Ayuntamiento de Ocotlán.

Informó Álvarez Ramírez :

“En días pasados han estado llegando unos requerimientos por parte del Tribunal Administrativo respecto a que le demos cumplimiento a la sentencia en este asunto, ya se había actualizado por parte de la Comisión de Patrimonio que se le diera el pago a través de un bien inmueble que ya está bien identificado así se propuso al pleno, sin embargo, no se subió la sesión pasada debido a que el tesorero municipal me extendió un oficio en el que ya estaba el en posibilidad pagarlo a través de un  cheque, el cual se sometió en consideración de la comisión de patrimonio de este ayuntamiento y se tuvo bien actualizar que se dejara sin efectos el anterior dictamen y se aprobara el anterior propuesto por el tesorero municipal”.

Sin embargo los cuatro ediles de oposición; María Esther Ochoa Lizárraga, Jorge Eduardo Godínez Anaya, Ruben Valencia Villarruel y Alejandro Ramos Flores decidieron hacer una denuncia ante el Ministerio Público para quien resulte responsable, porque consideran que la indemnización fue exhiba en el tema monetario debía de haber sido de 730 días y no de cinco mil, esto con relación a Ley de Trabajadores anterior a la reformada en el 2012.  

Godínez Anaya puntualizó que el síndico se negó en darles información con relación al tema y por lo tanto investigaron la situación en el que se encuentra el proceso actual:

“La demanda no formula alegatos con la intensión de hacer notar al tribunal que la indemnización que corresponde debería ser de 730 días y no de cinco mil conforme a la ley aplicable al momento del fallecimiento. En el amparo interpuesto por el síndico se debía impugnar no la validez del acto sino la ley aplicable al caso. Una vez agotado todos los recurso el síndico podía haber podía interponer un incidente alegando la imposibilidad jurídica o material de cumplimiento de la sentencia, se concluye que el síndico actual tuvo una nula participación en el juicio ya que únicamente  se limitó a señalar domicilio actualizados, no formularon ninguna otra petición ya sea por negligencia o colusión, o por las partes demandadas con su representante”.  

Por otra parte, Álvarez Ramírez comentó que la única oportunidad que tiene un demandado en un juicio administrativo para defenderse es en el momento de contestar la demanda y no en alegatos posteriores, puesto que el magistrado valora la documentación del expediente, la contestación por parte del demandado.

El último acuerdo con el pleno es que en esta semana se metería la denuncia por parte de los regidores ante el Ministerio Público, Aun así del pleno del ayuntamiento aprobó la compensación económica para los beneficiarios de Saavedra de la Cruz.

Por María Ramírez Blanco. 

[audio mp3="http://udgtv.com/wp-content/uploads/2018/02/NOTA-DEMANDA-INDENMIZACION.mp3"][/audio]