Colotlán, Jalisco.
El reglamento indica cuotas mucho menores a las difundidas
La publicación y posterior circulación de un listado en el que detallan las multas de tránsito vigente en Jalisco, es un documento que no corresponde al tabulador que las autoridades aplican en Colotlán y que se basa en lo estipulado en la Ley de Movilidad de Jalisco, aclara José Manuel Rodríguez Gutiérrez, comandante de vialidad municipal.
[audio mp3="http://udgtv.com/wp-content/uploads/2017/07/24Inserto1b_Tabulador_de_multas.mp3"][/audio]
“De esa lista se estuvo verificando y hay cosas que no vienen en la Ley de Movilidad, viene un estatus donde nos dice los salarios mínimos que se cobran por la infracción, no entran en lo que está establecido, o sea en la ley de movilidad viene un tabulador y no vienen las cifras que están manejando en la lista que circula por redes sociales, no es la misma”.
De acuerdo con lo estipulado en el Capítulo II de la ley en mención, el monto de las sanciones se determina con base en el salario mínimo general vigente en la zona económica en donde se cometan las infracciones, que en el caso de Jalisco es de 80.04 pesos.
El listado que se ha compartido en las redes sociales, indica por ejemplo que por estacionarse en espacios designados para personas con discapacidad el conductor tendrá que pagar una multa de $3,440, es decir, lo equivalente a 43 salarios mínimos. Sin embargo, en la Ley de Movilidad en Jalisco ésta acción se sanciona con el cobro de 1 a 5 salarios mínimos. El comandante explica otros ejemplos:
[audio mp3="http://udgtv.com/wp-content/uploads/2017/07/24Inserto2b_Tabulador_de_multas.mp3"][/audio]
“Bueno está como la de estacionarse en línea amarilla, en esta marca 715 pesos, pero en la ley de movilidad en el artículo 177 establece de uno a cinco días de salario mínimo”.
-¿Del listado que compartí qué diferencias encontró?
-“Qué está un poquito elevado no sé de donde lo habrán sacado, las multas están poquito altas, hay algunas cosas que no vienen en el reglamento”.
-¿Cómo cuáles?
“Bueno sancionable como de portar porta-topes o tumba-burros, es una burrera se podría decir la de los vehículos no lo he percibido en la ley”.
En el caso de reincidencia de las infracciones contempladas en el Capítulo II de la Ley de Movilidad de Jalisco se aplicará lo dispuesto en el artículo 188 que, entre otras cosas, advierte el arresto de 12 horas o dos de trabajo en favor de la comunidad en materia de movilidad y transporte.
Una disposición que en Colotlán también se cumple de manera particular, dado que el infractor antes de pagar su multa acude con la autoridad facultada para determinar con base en varios aspectos el pago de la misma, comenta Rodríguez Gutiérrez.
[audio mp3="http://udgtv.com/wp-content/uploads/2017/07/24Inserto3b_Tabulador_de_multas.mp3"][/audio]
“Se entrevista por parte de la juez municipal a la persona que haya infringido y se revisa el estatus económico de la persona, si no puede pagar la infracción se habla con él y se llega a un acuerdo. Aquí la que revisa el monto del pago es la juez municipal, con ella uno va, se entrevista y de ahí pasa a tesorería a pagar la infracción”.
Las infracciones dispuestas en los artículos 175 al 180 indican una sanción de 1 a 5 días de salario mínimo, en las omisiones dispuestas en los artículos 182 al 192 la multa oscilará entre 10 y 30 días de salario mínimo.
De tal forma que además de exhortar a los conductores para que transiten conforme a lo establecido en la normativa estatal, se resalta la pertinencia de mantenerse debidamente informados para evitar confusiones y posibles sanciones.
DIFERENCIA COSTOS
Multas de tránsito en Jalisco | ||
INFRACCIONES | TABULADOR PUBLICADO EN REDES SOCIALES | LEY DE MOVILIDAD VIGENTE EN COLOTLÁN |
Estacionarse en línea amarilla | $715.00 | De 80.04 hasta 402 pesos |
Obstruir una cochera | $1’136.00 | De 80.04 hasta 402 pesos |
Estacionarse en lugares designados para personas con discapacidad | $3’440.00 | De 80.04 hasta 402 pesos |
Parabrisas roto o estrellado que dificulte la visibilidad | $2’779.00 | De 80.04 hasta 402 pesos |
No utilizar el cinturón de seguridad | $3’414.00 | De 800 a 2’440 pesos |
El reglamento interno de vialidad y la Ley de Movilidad de Jalisco están publicadas en http://www.transparencia.colotlan.gob.mx/