Órgano Interno de Control ya es obligatorio para los municipios de Jalisco
Fotografía: Violeta Meléndez




Guadalajara, Jalisco. 

Contar con un Órgano Interno de Control ya es obligatorio para los ayuntamientos de Jalisco. Así lo aprobó el Congreso y una vez que se publique en el Periódico Oficial del Estado, los municipios que aún no lo integran tendrán un plazo de 180 días para hacerlo.

De acuerdo con el impulsor de la iniciativa, el diputado Gerardo Quirino Velázquez, actualmente 58 municipios todavía carecen de este organismo que es una pieza clave de la política estatal anticorrupción, pues se encarga de fiscalizar los recursos e investigar irregularidades en el ejercicio de la función pública.

"Revisamos una estadística que tenía la propia Auditoría Superior del Estado donde a finales de año nos decía que casi la mitad de los municipios no contaba con un Órgano Interno de Control, o sea ni siquiera está articulado por completo el Sistema Estatal Anticorrupción y lo que estamos haciendo es que podamos tomar la responsabilidad de tomar ya obligatoriamente un órgano interno de control".

La ley de Gobierno y Administración Pública Municipal es la que se modifica para establecer que una vez iniciada la gestión de un alcalde, éste tiene 15 días para elegir al titular del órgano interno y para evitar conflictos de interés, el nuevo funcionario no puede haber sido presidente municipal, regidor, síndico o tesorero por un periodo igual al que se habría desempeñado en el cargo.

"Esperamos terminar el año con todos los órganos internos de control terminados, para cuando esté entrando en vigor la reforma 2.0 podamos buscar ahora sí la autonomía de los órganos, porque muchos decían ‘falta autonomía’, oye, ahorita falta que se articulen".

La principal función de este órgano es investigar a los servidores públicos involucrados en presuntas irregularidades y llevar el caso ante las autoridades correspondientes, sin embargo su debilidad es que sigue siendo un ente subordinado al presidente municipal.