Instalan Consejo Distrital Electoral del distrito 02




Por: Marco J. Gallardo

15 de diciembre del 2020.- Este lunes 14 de diciembre se instaló el consejo distrital electoral del distrito 02, el cual está encargado de vigilar los comicios del 2021 en los 7 municipios que lo integran.

El evento, realizado a puerta cerrada, se llevó a cabo en la cabecera distrital, es decir Lagos de Moreno, dentro del domicilio #299 de la calle Topacio, ubicada en la colonia Lomas del Valle.

En tanto a quiénes integran dicho consejo, se ha informado que éste se encuentra presidido por la consejera presidenta distrital María Elia Gómez Espinosa, así como por sus compañeras consejeras Laura Isabel Ruiz Gallardo, Ana Gabriela Piñón Delgado, Norma Angélica Claudio, Nancy Lorena Hernández Flores y Ana Lilia Becerra Reyes, y por sólo un hombre el consejero Carlos Uriel Hernández Rocha.

Las personas integrantes del consejo, tomaron protesta en el domicilio referido, frente a las consejeras del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, Silvia Gpe. Bustos y Zoad García González.

Cabe mencionar que dicho órgano tiene como objetivo “la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral dentro del ámbito de su delimitación geográfica electoral, bajo la observancia de los principios que rigen la función electoral establecida en la constitución": esto de acuerdo al código electoral y de participación social del estad de Jalisco.

En lo que refiere a las atribuciones que tiene el consejo distrital, el mismo código nos las detalla:

I. Vigilar la observancia de las leyes aplicables, este Código, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones que dicten el Instituto Electoral y su Consejo General;

II. Intervenir en los términos de este Código, dentro del distrito electoral uninominal de su competencia, en la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral;

III. Derogada.

IV. Derogada.

V. En la elección de Diputados por el principio de mayoría relativa:

Efectuar el cómputo de la elección;

Levantar el acta del cómputo Distrital;

Hacer la calificación de la elección;

Expedir la constancia de mayoría a la fórmula de candidatos triunfadora; y

Comunicar la realización de los actos señalados en los incisos anteriores al Instituto Electoral.

VI. Efectuar el cómputo parcial de la elección de Diputados por el principio de representación proporcional;

VII. Remitir al Instituto Electoral la documentación correspondiente al cómputo parcial de Diputados por el principio de representación proporcional;

VIII. Efectuar el cómputo parcial de la elección de Gobernador;

IX. Remitir al Instituto Electoral la documentación correspondiente al cómputo parcial de la elección de Gobernador;

X. Efectuar en forma supletoria, el viernes siguiente al de la elección, los cómputos de las elecciones de Munícipes de su distrito, cuando por causa justificada no se hayan realizado;

XI. Remitir al Instituto Electoral la documentación correspondiente al cómputo de la elección Municipal realizado en forma supletoria;

XII. Aprobar, a propuesta de su Consejero Presidente, el nombramiento del ciudadano que fungirá como secretario del Consejo Distrital Electoral;

XIII. Aprobar a propuesta de su Consejero Presidente, cuando sea su competencia, los nombramientos de los Consejeros Municipales integrantes de los Consejos Municipales Electorales; y

XIV. Las demás que le confieran este Código, el Consejo General y la presidencia del Instituto Electoral.


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