Ocotlán, Jalisco.
El Juzgado Penal del Sexto Partido Judicial de Ocotlán decretó auto de formal prisión al ciudadano Felipe Velázquez Hernández, tras dos años transcurridos de la denuncia que interpusieron los trabajadores de la extinta empresa de Industrias Ocotlán. La persona detenida fue acusada por los delitos de despojo, tentativa de fraude, robo calificado y privación ilegal de la libertad.
El decreto de auto de formal prisión fue determinado luego de culminado el plazo del término constitucional, el cual fue ampliado a 144 horas tras la detención del acusado en la fecha del 03 de mayo, así lo mencionó el juez penal del Sexto Partido Judicial de Ocotlán, Óscar Martín Morales Vázquez:
“Una vez complementada la orden de captura, la persona se encontraba sujeta al término constitucional de las 72 horas, que fue ampliado a 144 horas a solicitud de la defensa y del propio procesado, pero hoy a las 09:00 de la mañana se le decretó auto de formal prisión por cuatro delitos: despojo, privación ilegal de la libertad, robo calificado y tentativa de fraude. Los delitos de despojo y de robo calificado son graves y no le permiten a la persona detenida gozar de la libertad bajo fianza”.
El pasado 08 de mayo un grupo de ciudadanos pertenecientes a la Sección ocho de la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) organizaron una manifestación para exigir justicia a las autoridades. La denuncia fue promovida desde el 2015, pero la investigación fue entregada al juzgado hace dos semanas con un expediente de nueve tomos.
De acuerdo con Morales Vázquez, la denuncia que interpusieron los trabajadores tuvo su origen en el 2015, cuando se les adjudicó todos los activos de la empresa después de haber tenido un laudo laboral favorable a sus intereses; posteriormente el acusado Felipe Velázquez Hernández convenció a toda la plantilla de formar una cooperativa; sin embargo con el paso del tiempo hizo uso de ese liderazgo para sacar provecho personal y causó perjuicios al patrimonio de los trabajadores.
El procedimiento legal podría extenderse más de un año dependiendo de las pruebas que sean entregadas tanto por la defensa como por el Ministerio Público, así lo explicó el juez penal del Sexto Partido Judicial de Ocotlán:
“En una parte depende de las pruebas que nos promueva la defensa, la naturaleza de esas pruebas y qué tanto nos lleve el tiempo en lograr el desahogo de esas pruebas. Por ejemplo si nos ofrece documentales pues por eso no hay problema, pero si nos ofrece algún testimonio, algún careo o alguna prueba pericial que pudiera ser pertinente a la causa, ahí sí no pudiéramos determinar cuánto tiempo”.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que el desahogo de pruebas podrá extenderse hasta un año dependiendo la penalidad. En este caso particular podría ser más tiempo debido a que se trata de diversos delitos, y dependerá de las pruebas que sean presentadas.
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