Tribunal obliga a MC-PAN-PRD a modificar su coalición en siete municipios




Guadalajara, Jalisco.

PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, deben ir juntos en los 74 municipios de la Coalición Jalisco al Frente, o disolverla en siete municipios donde tienen coalición dinámica.

La Sala Regional del Tribunal Federal Electoral, emitió una resolución en la que ordena que se modifique el acuerdo de coalición parcial entre Movimiento Ciudadano, el Partido Acción Nacional y el Partido de la Revolución Democrática, conocida como Jalisco al Frente, para privilegiar el principio de uniformidad.

De los 74 municipios incluidos en la alianza, existen siete en los que las candidaturas a presidente municipal solo participan dos partidos y no los tres. Esto puede causar confusión en el electorado como ya se ha resuelto en sentencias anteriores en otros estados.

"Existe vulneración al principio aludido, los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano no fueron congruentes con el convenio de coalición, ya que con ese pactó candidaturas dinámicas que conformaron distintas coaliciones para un mismo tipo del cargo de elección popular, excluyendo a algún partido coaligado", leyó el

Secretario de Estudio y Cuenta Omar Delgado Chávez en la sesión de este jueves.

Los magistrados resolvieron el juicio para la protección de los derechos político electorales del 83/2018, y avalaron por unanimidad este proyecto de sentencia.

Ahora los partidos tendrán cinco días para acatar la sentencia y determinar si disuelven solo la coalcion dinámica pero la coalición principal subsiste.

Gabriela del Valle Pérez, magistrada Presidenta Sala Regional Tribunal Federal Electoral leyó el siguiente proyecto de sentencia:

Segundo.- Se revoca el acuerdo 12 de 2018 emitido por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, así como lo derivado de aquel atento a lo razonado en la resolución.

Tercero.- Se otorga a los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano un plazo de cinco días a fin de que de ser el caso, presenten ante el Instituto Local, los ajustes al convenio de coalición parcial, de acuerdo con las consideraciones jurídicas de la sentencia.

Cuarto.- Se vincula al Consejo General del referido Instituto para que realice las actividades indicadas en la ejecutoria.

Por su parte, el IEPC no ha sido notificado formalmente. La oficina de prensa del Instituto señaló que una vez que reciban notificación oficial habrán de analizar la sentencia.