Debates sin aviso ante IEPC serán acreedores a sanciones




Por: Nancy Ángel

Parte de las actividades del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) es promover la réplica de los ejercicios de debates, menciona la Consejera del Instituto Electoral, Brenda Serafín, quien además, menciona que las asociaciones, universidades y medios de comunicación que deseen organizar un debate con las personas aspirantes a la candidatura de un municipio, en primer lugar, deben notificar al IEPC, esto por cuestiones de tiempos de radio y televisión y porque deben transmitirse de manera ininterrumpida, sin comerciales y en un solo momento sin ningún tipo de edición.

Además, la consejera indica que debe invitarse a todas y todos los candidatos, mencionar que formatos van a considerar en su debate, quien lo moderará, cuánto va a durar y donde se va a llevar cabo, agrega que una vez que se envié la información completa, se dará cuenta al Instituto Nacional Electoral (INE) sobre el desarrollo de estos ejercicios para que den el monitoreo a medios.

Menciona que los debates se desarrollan durante el proceso de campaña electoral, es decir actualmente y hasta el próximo 2 de junio que es el último día de campañas.

Define que las personas organizadoras tendrán que presentar un escrito ante consejo general del instituto a través del consejo distrital o municipal y hacer llegar la solicitud donde se establezca lo anterior.

Menciona que en caso de no contar con el aviso ante el IEPC para realizar el debate habrá sanciones y detalla: “si son televisados y no cumplen con la pauta el Instituto Nacional se encargará de levantar el procedimiento respectivo por ese tema y nosotros, a menos que exista una situación de inequidad en el formato o que no se haya invitado a todas las candidaturas, tendremos que realizar y levantar un tipo de proceso sancionador”.

Agrega que uno de los detalles que más se cuida durante los debates es que las y los candidatos tengan igualdad de circunstancias para exponer en distintas plataformas sus propuestas, por lo que, al negar la invitación a la participación se propicia la desigualdad y agrega el tipo de infracción al que se puede hacer acreedora la persona, “el Código Electoral establece, dependiendo la falta, la infracción, que pueden ser desde la amonestación publica, hasta alguna multa, dependiendo la gravedad el Consejo General determinara la sanción correspondiente”.

Define que la respuesta para solicitud de un debate es un breve tiempo, puede tardar entre dos o tres días, tiempo en el que se notifica, en su caso, la aprobación de estos debates y puntualiza que estos son una forma de capacidad para exigir a las y los candidatos el cumplimiento de sus propuestas y es un elemento importante para tomar una decisión bien pensada ante estas próximas elecciones 2021.