Necesario crear ley de desaparición, indica Alejandra Cartagena




Lagos de Moreno, Jalisco

En México sólo hay siete sentencias por desaparición forzada, esto habla de lo inoperante que son las leyes en el país, por lo que se requiere de una normativa general y clara que rescate las experiencias de las propias víctimas, comenta la especialista.

Por Jonatan Gallardo

El caso de Rosendo Radilla es la primera sentencia que tiene México por desaparición forzada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La privación forzada de libertad de este campesino detenido en Atoyac por militares, quienes se lo llevaron, es uno de los casos que brindan esperanza a las familias de desaparecidos en un país donde impera la violencia e ineptitud de las autoridades.

Esta historia fue expuesta por Alejandra Cartagena, especialista en el tema de desapariciones forzadas, durante su intervención en el Seminario Desaparición  Forzada: Un crimen de lesa humanidad. Según mencionó, hay más de 45 mil niños y niñas desaparecidas en un país donde se vive un contexto de violencia sistemática, de impunidad y de corrupción ante estos casos.

Si bien la Corte Penal Internacional dice que la desaparición es un crimen de lesa humanidad, e interesa porque México es uno de los países que firma todos los tratados y convenciones que hay porque esto le da acceso a préstamos. Por otro lado, dicho crimen significa una violación múltiple y continua en numerosos derechos humanos tales como a la libertad, seguridad personal e integridad a un trato humano.

“Debemos establecer que siendo el Estado el obligado a prevenir dicho delito, sus omisiones y falta de acciones un punto de vista más amplio es cómplice de que dicha práctica se haya extendido y sigan impunes los casos de desaparecidos (…) Está el Estado a tener política pública de prevención, está obligado a que no haya un mensaje de impunidad, ¿por qué desaparecen? ¿Por qué hay desaparecidos? ¿Por qué nos mata? Porque hay un mensaje de impunidad. Solamente el 2% de los homicidios se castigan.”

Las familias de los desaparecidos han logrado que se tenga un protocolo homologado y una comisión ejecutiva que vele por los derechos de las víctimas.

A pesar de que el Código Penal Federal menciona que la desaparición forzada refiere a la intervención de un servidor público que, independientemente que haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicia dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención. Sin embargo debe ser armonizado conforme a los estándares internacionales.

Cartagena explicó que no se necesita un tipo penal como éste, sino una ley que hable de cuáles son los derechos de la víctima en un sentido amplio e incluya las propuestas que los familiares de los desaparecidos han hecho, pues en México no se reconoce la desaparición forzada. “Es un tipo penal mucho muy corto. Es un tipo penal que ha servido. En el país hay sólo siete sentencias por desaparición forzada. En este país hay más de 30 mil personas desaparecidas, donde como en casos como el de Ayotzinapa sabemos que fueron los servidores públicos quienes se los llevaron. Sólo siete sentencias.”

La especialista abordó la problemática en el escenario de Lagos de Moreno, donde habló de las secuelas que deja tanto a familiares como a la sociedad un crimen como la desaparición forzada.

“El propio Lagos de Moreno, después de la desaparición y asesinato de estos chicos Lagos de Moreno no vive igual, no se vive igual y no lo miramos igual. Cuando tú hablas de Lagos de Moreno te viene a la mente de manera inmediata esta situación que sí te conlleva en algunos momentos a tener miedo.”