Sin freno, el cobro ilegal de impuestos a servidores públicos en Jalisco
Fotografía: EFE/ José Méndez/Archivo




Guadalajara, Jalisco.

El cobro ilegal de impuestos que sufren los particulares por conductas de los servidores públicos sigue siendo una práctica que ocurre a plena luz del día. Este delito es, además, de los más recurrentes y menos sancionados.

Para el profesor de la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades (CUCSH) de la Universidad de Guadalajara (UdeG), Jorge González Monteón, se vive en un régimen en que permea este tipo de prácticas y hay pocos casos consignados ante tribunales, además que se carece de estadísticas al respecto.

Además, señala que las personas afectadas no denuncian ante la tramitación engorrosa en las unidades de justicia.

El Artículo 218 del Código Penal Federal, reformado hace 21 años, señala que “comete el delito de concusión el servidor público que, con el carácter de tal y a título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, exija, por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquier otra cosa que sepa no ser debida, o en mayor cantidad que la señalada por la Ley”.

Por este delito se imponen sanciones de tres meses a 12 años de prisión y multa de 100 a 150 días de multa.


Isaura López Villalobos