Pese a resolución de la Corte, Gobierno de Jalisco no podrá disponer de los 140 MDP
Fotografía: Gobierno de Jalisco




Guadalajara, Jalisco.

No obstante la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de

La SCJN permite reasignar fondos del Museo de Ciencias Ambientales, pero la disputa legal sigue en pie: UdeG

🔊 Escuchar la nota Guadalajara, Jalisco.El debate por la reasignación de 140 millones de pesos del Museo de Ciencias Ambientales por parte del Gobierno de Jalisco tiene un nuevo episodio: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le dio la razón al Gobierno de Jalisco y rechazó la controversia constitucional i. … Sigue leyendo La SCJN permite reasignar fondos del Museo de Ciencias Ambientales, pero la disputa legal sigue en pie: UdeG

">rechazar la controversia constitucional interpuesta por la Universidad de Guadalajara
, donde la máxima casa de estudios se oponía a que fueran sacados de su presupuesto 140 millones de pesos presupuestados para el Museo de Ciencias Ambientales y reasignados, el ejecutivo estatal no podrá tocarlos.

Lo que es más, antes habrá que esperar la resolución del máximo órgano de justicia federal en la controversia que interpuso la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco bajo el número 177/2021 relacionada con el mismo asunto, pero fundada en distintos argumentos, y que sí fue admitida.

En este caso la defensoría de los derechos humanos presentó una controversia constitucional donde impugna la violación del derecho humano a la educación por vulnerar la autonomía universitaria como una garantía constitucional de alto contenido social e interés público, cuya afectación se da a través de cualquier acto, acuerdo, resolución, determinación, decreto u orden, cuyo contenido, finalidad y objeto sea bloquear, transferir a tercero, negar, impedir, condicionar o proceder a la reasignación de 140 millones de pesos, con lo cual se impide la realización del depósito o transferencia de recursos a la cuenta de la Universidad de Guadalajara, pese a estar frente a una cantidad aprobada, asignada, dispuesta y destinada a una obra en construcción específica cuya función es garantizar diversos derechos humanos, entre otros el derecho a la educación, a la cultura, derechos ambientales y la promoción y difusión de los mismos.

En esta misma resolución la Corte determinó otorgar la suspensión a fin de asegurar provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la actora y toda vez que es consecuencia directa e inmediata el acto y omisiones impugnadas.

Es decir, el gobierno del Estado no podrá disponer ni destinar el recurso y los 140 millones de pesos permanecerán congelados en tanto no se resuelva el fondo del asunto. Prácticamente como estaba la anterior controversia número 135/2021, que finalmente fue rechazada.

La batalla jurídica, entonces, aún no termina.