Ley de movilidad regala impunidad al transporte público
Fotografía: Ignacio Pérez Vega




Guadalajara, Jalisco.

La “cero tolerancia” inscrita en la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte, titubea dentro del mismo texto y le concede, hasta tres oportunidades, a los dueños de unidades de transporte público, al condicionar que hasta la tercera falta grave o más, podrán las autoridades retirarle la concesión.

Hay que recordar que, sobre esta ley y otras determinaciones, se ha cuestionado el hecho de que al llamado pulpo camionero se le entregarán 500 millones de pesos para que no aumenten la tarifa, además se indexó la tarifa y se está deslindando al Ejecutivo, en tal decisión, con alto costo político.

En el artículo 141 de dicha ley, señala que bajo ese término de cero tolerancia se medirá a las unidades del transporte escolar, al transporte de personal, transporte público, vehículos de carga y de seguridad. Lo mismo en el caso de menores que conduzcan.

Habla de sanciones sin excepción cuando se conduzca con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre.

La primera sanción llega cuando con la unidad se cometan más de dos infracciones sancionadas por la ley con un mínimo de diez a veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, esto durante un plazo de 30 días.

O seis infracciones de estas características en un plazo de seis meses a partir de la primera violación. Sin embargo, solo se aplica la suspensión que tendrá un término de seis meses a partir de su notificación.

Pero en caso de reincidir, ya se contempla la revocación de la autorización, a las empresas de redes de transporte.

Sin embargo, la misma ley aclara que “Se entenderá como reincidencia la comisión de tres o más infracciones a los ordenamientos locales en materia de movilidad que le sean aplicables, en un periodo de seis meses” y eso les da tres oportunidades o más, antes de recibir la que se supone sería una tajante sanción.