Necesario esclarecer cuánta agua se trata en planta de San Miguel de Cuarenta




Lagos de Moreno, Jalisco

Las autoridades reportan la limpieza del agua de un 50 a 75%, sin embargo no mencionan cuántos metros cúbicos puede procesarse en la planta Paso de Cuarenta.

Por Jonatan Gallardo

Si bien la planta de tratamiento de aguas residuales en San Miguel de Cuarenta no opera en su totalidad y las autoridades municipales correspondientes aseguran que la instalación sí recibe al cien por ciento de su capacidad el agua que se tratará, pero debido a la falla de un reactor anaerobio se procesa el líquido en un 75%, se desconoce la cantidad que entra y sale de la misma.

En una solicitud efectuada a la Unidad de Transparencia e Información Pública Municipal se informa precisamente que la calidad de agua tratada es del 50%, pero el documento no menciona cuántos metros cúbicos se trata en un año.

Bertha Alicia Arce Chávez, maestra e investigadora del  Centro Universitario de los Lagos, explica por qué es necesario conocer esta información. “Las normas oficiales mexicanas te dicen cuánto debería tratarse en cada una. No es que alguien quiera, es que ya está determinado por las mismas dependencias oficiales de ámbito estatal y federal. Que es obligatoriedad de los Ayuntamientos deshacerse y tratar y gestionar todos los residuos, todas las emisiones: solidos, es decir la basura, las emisiones gaseosas que son chimeneas y demás, y las emisiones líquidas que serían las aguas. Es de ámbito municipal la acción de gestionar y de tratar. Ahora las leyes son vía congresos entonces son el Congreso Estatal y el Congreso Federal. La Semarnat (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales) tiene todas sus dependencias, el Instituto Nacional de Ecología y demás y a través de ellos va generando esa articulación a través de las normas oficiales mexicanas. Y las normas oficiales mexicanas y los reglamentos son los que te dicen cómo deben estar las aguas al final.”

Por un lado la ley dice qué proteger o qué tratar, mientras que el reglamento se enfoca en el cómo. El agua que pasa por la planta de San Miguel regresa al caudal pero no tiene las condiciones adecuadas para asegurar, como algunas autoridades lo han indicado, que forma parte del saneamiento del Río Verde.

En el supuesto de que no haya tanto problema por contaminantes del agua tratada porque ahí solo se vierte el drenaje del pueblo y lo que sale de la presa, todo puede ser orgánico pero el cloro que utilizan para completar algunas etapas de limpieza, debido a la falla del reactor, no es una acción suficiente para desinfectar. Además que no se hace lo que correspondiente para un tratamiento completo. “No puedes suplir un proceso por otro. Son procesos completamente diferentes. El cloro lo que hace es eliminar, pero ya de manera terminal la posibilidad de que esa agua lleve un agente infeccioso. Porque el cloro elimina virus y bacteria.”

En cuanto a las normas oficiales, si bien son federales pueden tener una derivación estatal o local porque puede existir una zona donde de manera natural o artificial hay mucha emisión de cromo. Por ejemplo León, por las tenerías tienes emisiones de cromo porque se usa para que las pieles se curtan y puedan eliminar las grasas, pelaje y partes más blandas. Este es un caso específico donde la normatividad se adapta a la situación.