No fue ilegal acción de regidores emecistas




Por Gabriela Arreola

El 29 de marzo, Edgar López, Elizabeth Ramírez y María del Refugio Gloria Murguía, regidores de Movimiento Ciudadano por prelación, se autodenominaron independientes y de parte del proyecto del candidato priista a la presidencia municipal Hugo René Ruiz Esparza, toda vez que denunciaron que en el partido naranja a nivel municipal, desde hacía años no se les tomaba en cuenta para la toma de decisiones, y que la dirigencia del mismo había quedado en manos de unos pocos, es decir, las figuras más representativas del partido que resultan ser los dos contendientes por la alcaldía de Lagos de Moreno y por la diputación local: Teculti Gómez Villalobos y Hugo Zamora de Anda.

Sin embargo, esta acción por parte de los regidores, fue percibida de manera generalizada tanto por los medios de comunicación como por la población, como un golpe premeditado por el Revolucionario Institucional hacia la figura del ecandidato de Movimiento Ciudadano.

Una declaración de tipo político y con tintes electorales

Al respecto, especialistas en temas electorales y políticos como Benito Ramírez, abogado, maestro en fiscal y catedrático del Centro Universitario de los Lagos; así como Oscar Macías, vocal ejecutivo de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Jalisco, dicen que estas prácticas que consisten en pasar de un partido a otro en medio del proceso político electoral son comunes, además de que no contravienen con ninguna ley. 

«Legítimamente pueden hacerlo, es decir, esta es una declaración de tipo político, no tiene ningún impacto de tipo jurídico al interior del Ayuntamiento. Cuando uno llega a ser regidor del Ayuntamiento, en ese momento deja de tener la investidura de un partido político y se vuelve representante de una parte de la población; entonces, considero que en nada va a afectar el funcionamiento del Ayuntamiento el hecho de que estas personas ahora se digan regidores independientes y no regidores militantes de Movimiento Ciudadano, como tal vez en un principio lo fueron», señala Benito Ramírez.

El maestro reconoce que siendo una declaración de tipo político y con tintes electorales, pudo haberse tratado de un golpe dirigido al interior de las filas del partido emecista. Sin embargo, esto no es nuevo, pues la migración de entes políticos de un partido a otro es un fenómeno común en el lapso del proceso electoral, además de que es una práctica que también se aprecia a nivel federal y estatal.

No es nuevo y además es legal “chapulinear”

Por su parte, el vocal ejecutivo de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Jalisco, por su parte, explica que no existe alguna acción punitiva para las personas que abandonan sus partidos políticos una vez que están en algún escaño, pues además de que no existe ninguna ley que lo prohíba, prevalece sobre todo el derecho ciudadano de haber sido elegido para tal cargo.

«No hay una sanción legal, porque es un derecho que tiene el ciudadano, establecido tanto en la Constitución como en la ley, no hay una sanción, no hay algo que se pueda aplicar. Sin embargo, en los partidos políticos, en la vida interna de los partidos, en los estatutos, pudiera haber una sanción, pero esa sanción queda inaplicable en el momento en que el propio gobernante renuncia a su partido; la mayor sanción que pudiera aplicar un partido es expulsarlo y él se autoexpulsó, entonces ahí no puede aplicarse ninguna sanción».

Macías Sánchez agrega que si bien estos saltos entre partidos pueden crear desconcierto en los ciudadanos, es necesario que se indague el porqué de los mismos; analizar los argumentos de los personajes políticos que recurren a ellos y en base a esto emitir un voto informado.