Las parejas homo o heterosexuales tienen los mismos derechos de residencia en la UE




BruselasBélgica. 

El cónyuge homosexual de un ciudadano europeo tiene los mismos derechos que un heterosexual cuando pide un permiso de residencia en la Unión Europea (UE), independientemente de su nacionalidad y de si el Estado donde solicita la residencia reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo.

"Aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión denegando a su cónyuge del mismo sexo" el derecho de residencia, indicó en un comunicado el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

La opinión del alto tribunal fue celebrada por las asociaciones en defensa de los derechos de los homosexuales, como la Asociación Internacional de Gays, Lesbianas, Bisexuales, Tras e Intersexuales (ILGA) como una "decisión histórica" para los derechos de las parejas del mismo sexo.

Para Evelyne Paradis, de la ILGA, "la igualdad, la equidad y el pragmatismo fueron el centro del veredicto" del tribunal con sede en Luxemburgo, que confirma que todas las familias "deben ser reconocidas por igual a ojos de la ley sobre la libre circulación".

Dieciséis países de la UE reconocen el matrimonio homosexual y algunos otros instauraron una unión civil, si bien la mayoría de países del este no autorizan ninguna de estas posibilidades.

Con el fallo, el TJUE responde de hecho a la duda planteada por el Tribunal Constitucional rumano, que debe pronunciarse sobre el caso de Robert Clabourn Hamilton, un ciudadano estadounidense que contrajo matrimonio con el rumano Relu Adrian Coman en Bruselas en 2010.

- ¿Quién puede ser 'cónyuge'? -

La clave del fallo está en la noción de 'cónyuge'. Rumanía informó en 2012 a la pareja que Hamilton sólo podría obtener un derecho de residencia de tres meses, y no permanente, porque Rumania no reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo y, por tanto, no puede ser considerado como el "cónyuge" de Coman.

Sin embargo, para los magistrados del alto tribunal europea, el concepto de cónyuge es "neutro desde el punto de vista del género, por lo que puede incluir al cónyuge del mismo sexo", según la directiva europea sobre el ejercicio de la libertad de circulación.

El Tribunal Constitucional de Rumanía, país donde se despenalizó la homosexualidad a principios de los años 2000, deberá ahora zanjar el caso. "Estamos determinados a ir hasta el final", dijo Relu Adrian Coman.

"Podemos ahora mirar a los ojos de todo agente público en Rumania y en toda la UE con la certeza de que nuestra relación es tan especial y pertinente en lo que respecta a la libertad de circulación dentro de la UE", agregó el marido del estadounidense Robert Clabourn Hamilton.

La decisión de la justicia europea no obliga a los países que no permiten las bodas entre personas del mismo sexo a hacerlo, sino que establecen simplemente la obligación para un país de reconocer un matrimonio concluido en otro Estado miembro, incluso si es entre homosexuales.

Esto "no afecta a la institución del matrimonio en ese primer Estado miembro", según el alto tribunal. En cambio, no reconocerlo en este marco puede ser considerado como una traba a la libertad del cónyuge de "circular libremente" en la UE.

La Comisión Europea celebró las "útiles aclaraciones" de los magistrados del TJUE "para evitar la discriminación" de las parejas homosexuales, aunque precisó que la política sobre familias, como regular las bodas entre personas del mismo sexo, compete a los diferentes países.

A instancias de asociaciones próximas a la poderosa Iglesia ortodoxa, Rumanía se prepara así para organizar una referéndum que impida las bodas homosexuales, definiendo claramente el matrimonio como la "unión entre un hombre y una mujer" y no "entre esposos" como ocurre actualmente.