Para investigadores no está claro si el IEPC se excedió en atribuciones para censurar trabajo periodístico




Guadalajara, Jalisco.

El sábado 30 de junio el portal periodístico Aristegui Noticias, publicó una nota de Anabel Hernández titulada "Enrique Alfaro, bajo investigación en EU por presuntos vínculos con el narcotráfico", de inmediato en redes sociales el candidato y hoy virtual ganador para gobernar Jalisco durante seis años, explotó. No escondió su descontento y calificó la nota periodística, de un ataque de sus contrincantes sin señalar nombres o partidos.

El abanderado de Movimiento Naranja, denunció que se estaba violando la normatividad electoral, y la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) resolvió emitir una medida cautelar al medio electrónico y que éste bajara la totalidad de la nota periodística, apenas a unas horas de iniciar la jornada electoral del 1 de julio, de lo contrario se haría acreedor a una multa 100 veces por el costo del medio.

Aristegui Noticias debe bajar reportaje sobre Alfaro: IEPC

🔊 Escuchar la nota Guadalajara, Jalisco.El presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), Guillermo Alcaraz Cross, confirmó que ya está en camino la notificación para que el sitio de internet, Aristegui Noticias, retire el reportaje publicado el día de ayer, donde vincula a Enrique Alfaro Ram. … Sigue leyendo Aristegui Noticias debe bajar reportaje sobre Alfaro: IEPC

La actuación del IEPC sobre regulación periodística, se la comió la jornada electoral. Pasados los días, consultamos a una serie de expertos en la materia para profundizar sobre si se excedió en su competencia el Instituto Electoral y si su materia es regular contenido periodístico o propaganda. El doctor Armando Zacarías, profesor investigador del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades (CUCSH), no tiene clara la motivación del IEPC.

En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el libro quinto, título primero, de la Reglas Generales para los Procesos Electorales Federales y locales, sobre las disposiciones preliminares, en los artículos 207 al 213, se refieren en todo momento, a fechas, calendarios y formas de promoverse los candidatos a través de la propaganda electoral, con afiches, artículos textiles, lonas, información de transparencia, y mensajes emitidos en medios de comunicación de todo tipo desde los partidos, no hay una sola referencia a trabajos periodísticos, a insumos informativos de ciudadanos o reporteros, no en materia periodística, libertad de expresión y derecho a la información.

Para Armando Zacarías, quién también coordinó el Observatorio Electoral del CUCSH, es necesario un análisis profundo de la actuación del IEPC.

El consejero Miguel Godínez, presidente de la Comisión de Quejas y denuncias, argumenta que el periodismo, es propaganda.


Jade Ramírez Cuevas Villanueva