Investigadora encuentra endeble la omisión de la Semadet sobre planes parciales




Guadalajara, Jalisco.

El principio de progresividad en los derechos humanos que la Constitución Mexicana establece desde 2011 y el hecho de que la retroactividad en la ley sea permitida cuando es en beneficio de los sujetos de derecho, en este caso, los habitantes de la ciudad, obligaba a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) a realizar, como lo establece la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, los dictámenes de congruencia que se ha negado a concluir para los 53 planes parciales del municipio de Guadalajara, advierte la doctora en derecho ambiental e investigadora de la Universidad de Guadalajara (UdeG), Raquel Gutiérrez Nájera.

La presidente del Instituto de Derecho Ambiental (Idea), encuentra endeble el razonamiento jurídico con que la Semadet canceló su determinación a dictaminar los planes parciales, a saber, que el proceso de los planes es anterior a las reformas; en lo cual, la dependencia no repara tampoco en que en el segmento de justificación de cada uno de los 53 documentos se señala justamente la ley reformada, lo que abría el paso a proceder conforme al artículo 44 de esa legislación federal.

El artículo 44 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016, en su versión actual, la que señala: “el ayuntamiento, una vez que apruebe el plan o programa de Desarrollo Urbano, y como requisito previo a su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, deberá consultar a la autoridad competente de la entidad federativa de que se trate, sobre la apropiada congruencia, coordinación y ajuste de dicho instrumento con la planeación estatal y federal. La autoridad estatal tiene un plazo de noventa días hábiles para dar respuesta, contados a partir de que sea presentada, la solicitud señalará con precisión si existe o no la congruencia y ajuste. Ante la omisión de respuesta [en el tiempo determinado] opera la afirmativa ficta”.

La falta de dictaminación de la Semadet dejará endebles los planes, contra lo que pretende la autoridad municipal al evitarlo, advierte Gutiérrez Nájera.

En opinión de la doctora en derecho, la postura de Guadalajara podría parecer extraña, pero es posible que al evitar que se apliquen las reformas en beneficio de los habitantes, trate de evitar que sea exhibido el fuerte debilitamiento del espacio público, con pérdidas de áreas verdes y de equipamiento, que entraña esta generación de planes  consagrados por primera ocasión a la verticalización del núcleo urbano.

No obstante, espera que los jueces y los colegiados competentes determinen que la dependencia ambiental elabore los dictámenes como garantía de respeto al derecho a la ciudad.


Agustín Bernardo Del Castillo Sandoval