Durante 2017 se han “judicializado” 6 casos de robo en la región




Justicia.

En el Juzgado de Oralidad han recibido 3 carpetas de investigación relacionadas con robos cometidos en Colotlán

De acuerdo con lo establecido en los diferentes códigos penales de los Estados y de la Nación, el robo se ubica dentro de los delitos contra el patrimonio.   Datos registrados en el Juzgado de Oralidad del Distrito 11 y proporcionados por Iván Gómez Vega, juez de control, enjuiciamiento y ejecución penal, en 2017 se han llevado a juicio 6 casos de robo en esta la zona norte.

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 “Durante todo el 2016 no tuvimos ningún asunto de robo, específicamente hablando de ese delito. En lo que va del año 2017 hemos tenido conocimiento de 6 asuntos relacionados con el delito de robo, 3 de ellos aparentemente  ocurridos en Colotlán, 2 más en San Martín de Bolaños y 1 en el municipio de Bolaños”.

El Código Penal establece que “comete el delito de robo el que se apodera de una cosa ajena, mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley”, detalla además la tipificación del mismo.

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 “El delito de robo de manera general se configura cuando una persona se apodera de algo que no es suyo sin el consentimiento de quien se lo podría dar, el Código ya nos va haciendo un desglose y nos habla de robo a casa-habitación, nos habla del robo calificado que es aquel que se da cuando concurren algunas otras circunstancias, por ejemplo que haya violencia, que los ladrones actúen en número de 2 o más, que se haga valiéndose de la nocturnidad, que se haga valiéndose de la confianza derivada de una relación de trabajo, etc. Hay otra figura que es el robo equiparado, ésta es el ejemplo más común, que una persona sea detenida conduciendo o a bordo de un vehículo automotor que tenga reporte de robo y que esa persona esté consciente de que el vehículo es robado, ese es un requisito fundamental”.

El robo es un delito de consumación instantánea, pues se efectúa desde el momento en que se produce el apoderamiento. A pesar de ello, existen otras condicionantes que determinan la sanción que recibirá el infractor, incluso su vinculación en el hecho, como lo ocurrido con dos procesos acontecidos este año.

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 “En el año 2017 de los 6 asuntos que han ingresado derivados o relacionados con el delito de robo, hay 2 que son por el delito de robo equiparado y precisamente el resultado ha sido ese que te comenté, que no se vinculó a proceso a las personas imputadas porque el Ministerio Público no acreditó con algún dato de prueba que ellos supieran que los vehículos eran robados”.

El procedimiento inicia con la denuncia ante el Ministerio Público, donde a partir de entonces se deberán investigar los hechos y elaborar la carpeta que se presentará al juez, éste a su vez revisará el contenido y determinará el procedimiento a seguir de acuerdo a lo establecido en la ley.

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 “No hay ninguna sentencia, tenemos 3 incidentes en Colotlán y de hecho  en los 3 hemos intervenido como Juzgado, única y exclusivamente para recabar la ratificación por parte de los moradores de algún domicilio en el sentido de que autorizaron de que policías y agentes del Ministerio Público ingresaran al domicilio en búsqueda de algún indicio o materia u objeto de delito; son controles judiciales, es decir, el Ministerio Público no nos ha dicho quién es el presunto delincuente, si es uno o más, si son hombres o mujeres… el Ministerio Público únicamente cumple con una obligación que la ley le da, recibe la denuncia, entre los actos de investigación que lleva a cabo en la inspección a un domicilio y tiene la obligación de informarle al Juzgado en los 5 días siguientes para traer a la persona que le dio la autorización y que lo ratifique en presencia del juez”

De los casos registrados en 2017,  2 implicados quedaron libres por no confirmar su vínculo al hecho,  1 persona está sentenciada y los otros 3 casos están en proceso.


María Guadalupe Arceo Ibáñez