CIDH otorga medidas cautelares a favor de pobladores del río Santiago
Fotografía: Gustavo Alfonzo/UdeG




Guadalaja, Jalisco.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorga medidas cautelares a favor de pobladores de las zonas aledañas al Río Santiago, tras considerar que se encuentran en situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos a raíz de una presunta contaminación ambiental en el Río Santiago y el Lago de Chapala en el estado de Jalisco. Esto a través de la Resolución 07/2020, dada a conocer este 7 de febrero de 2020.

A través de un comunicado, la Comisión Interamericana explica que tomó en cuenta la cuantiosa información que indica la existencia de una importante contaminación ambiental en el Río Santiago y el Lago Chapala y observó con preocupación los estudios aportados por los solicitantes.

“Tales estudios demuestran altos porcentajes de indicios de enfermedades renales, presuntamente derivadas de la exposición a contaminantes presentes en el Río Santiago y sus entornos, además de la detección de pesticidas en la orina de niñas y niños”, explica la resolución.

La CIDH documentó en la resolución que 28 personas habrían fallecido debido a enfermedades renales crónicas desde 2003, incluyendo una persona a mediados de 2019. Sumado a ello, la situación de riesgo de las poblaciones concernidas puede en efecto verse agravada por la existencia, según los solicitantes, de rudimentarios centros de salud, sin medicinas ni la infraestructura para atender a los enfermos renales, que tienen que trasladarse a la Ciudad de Guadalajara para su atención médica.

Esta solicitud fue presentada el 18 de julio de 2019 por Andrea Pietrafesa, Diego Morales, María Noel Leoni y Raísa Ortiz Cetra así como por el “Centro de Estudios Legales y Sociales”, el “Centro por la Justicia y el Derecho Internacional”.

La Comisión Interamericana, órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) también valoró la información aportada por el Estado, que notificó sobre las políticas públicas con miras a la recuperación del río y el saneamiento.

No obstante, la CIDH advierte que la principal medida de descontaminación implementada por el Estado, Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), NO es idónea para eliminar la contaminación producida como consecuencia de residuos industriales que se encontrarían en el río.

La Comisión recordó al Estado que tienen la obligación de mitigar el daño ambiental significativo, inclusive cuando hubiera ocurrido a pesar de acciones preventivas o si se desconoce cuál es el origen de la contaminación, utilizando la mejor tecnología y ciencia disponible. Por lo tanto, la CIDH determinó que las personas beneficiarias se encuentran en situación de gravedad y urgencia y sus derechos a la vida, integridad personal y salud enfrentan un riesgo de daño irreparable.

Por ello solicitan a México que adopte las medidas necesarias para preservar la vida, integridad personal y salud de los pobladores de las zonas hasta 5 kilómetros del Río Santiago en los municipios de Juanacatlán y El Salto, así como de los pobladores de las localidades de San Pedro Itzicán, Agua Caliente, Chalpicote y Mezcala en el municipio de Poncitlán, Estado de Jalisco.

“En particular, que el Estado adopte las medidas pertinentes para brindar un diagnóstico médico especializado a las personas beneficiarias, teniendo en cuenta la alegada contaminación, proporcionándoles una atención médica adecuada, en condiciones de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, conforme a los estándares internacionales aplicables”, se lee textual en el documento.

Asimismo, se solicita que se concierten las medidas a implementarse con las personas beneficiarias y sus representantes; y se informe sobre las medidas adoptadas para mitigar las fuentes de riesgo alegadas.