Abuso de autoridad

Por Aarón Navarro Aguirre

Sabemos que en México existe una praxis en la que los cuerpos de justicia abusan de su poder y detienen a individuos en sus vehículos, en la calle de a pie, o incluso en sus propios domicilios. Ésta es una situación que muchísimas personas han sufrido debido a una raigambre de malas conductas y falta de penalización que hay en nuestro país.

Sin embargo, es conveniente que la ciudadanía conozca sus derechos y trate, en la medida de lo posible, que esto no le afecte.

Hasta hace algunos años no existían medidas legales para señalar cuando las autoridades incurrieran en este tipo de conductas. Una de las recientes modificaciones que se hizo al sistema penal fue introducir la presunción de inocencia, que regula la manera en que un ciudadano pueda ser considerado como delincuente o no, para así poder detenerle con la presunción de delito.

El abogado Rogelio Rodríguez Ornelas explica este apartado en la ley escrita.

“Después de esta implementación en el nuevo sistema, todo lo que tiene que ver con detenciones cambió radicalmente porque ahora nada más te pueden detener bajo dos supuestos: que te detengan en flagrancia que, como sabemos, es en la comisión de un delito o que portes algo que indique que tú cometiste algún delito; o que te detengan por una orden escrita de la autoridad competente. Ésas son las únicas dos maneras en que la policía o cualquier tipo de autoridad te puede detener y te pueda molestar en tu persona y en tus pertenencias. Cualquier cosa que no englobe en esas dos podríamos decir que es ilegal”.

Rodríguez Ornelas también menciona que cuando alguna autoridad te detiene es muy improbable que ésta sea flexible al momento de enunciar tus derechos o los elementos constitucionales que pudieran servir a tu favor, ya que en la práctica, los militares, la policía o elementos de tránsito, por lo general, no ceden ante el ciudadano. Empero, estos recursos son más bien útiles cuando se trata del seguimiento de trámites legales como cuando el caso se va al Ministerio Público o a otras instancias judiciales.

“La estructura del poder judicial que se encarga de actuar ha faltado mucho aprendizaje, mucha preparación. Y aunque es un avance el hecho de que ya esté reconocido todo esto legalmente. Que este nuevo sistema propugne por los derechos humanos, propugne por la presunción de inocencia, que es básico, no hay un avance significativo práctico porque la mentalidad de las autoridades y del mexicano, en general, pues es falta de civismo, falta de conciencia legal. Por eso se están dando tantos casos de que presuntos delincuentes salen porque no hay preparación tanto en la detención, incluso cuando se lleva el procedimiento no se recaban bien las pruebas. Y, pues eso es lo que adolece ahorita a México”.

Señala, lo mejor es conocer los derechos y las cláusulas constitucionales, que aunque en el momento de detención no pudieran ser útiles, sí que es necesario estar informado acerca de lo que la autoridad puede y no hacer.

“El principal es el artículo 16 constitucional que el primer párrafo dice “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.” Sí es necesario saber que para cualquier detención tiene que haber una orden judicial, o en su defecto, que te detengan en flagrancia”.